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Requisitos para beneficiarse de la tarifa plana de 100 euros.

¿Sabe que algunas empresas no podrán aplicarse estas reducciones?

La Tarifa Plana de 100 euros a la contratación de trabajadores indefinidos es una bonificación sobre las cotizaciones a la Seguridad Social por contingencias comunes que las empresas pagan por cada trabajador contratado. De esta forma, las empresas o empleadores que contraten a trabajadores de forma indefinida desde el 25 de Febrero de 2014 verán reducidas sustancialmente sus cotizaciones a la Seguridad Social.

Exclusiones


- El empleado no deberá haber tenido un contrato indefinido en la empresa durante los seis meses anteriores.

- Si el empleado estuvo contratado en otra empresa de su propio grupo y fue cesado en los seis meses anteriores por despido improcedente o por despido colectivo tampoco será posible aplicar la reducción.

- No podrá beneficiarse de la reducción si el contratado es su cónyuge o familiar hasta el segundo grado. En caso de contrataciones a través de una SA o SL, el parentesco se determina con relación a quien tenga el control de la empresa. Sí podrá aplicar este incentivo si es autónomo y contrata a un hijo menor de 30 años (o mayor, si tiene determinados tipos de discapacidad).

- La empresa no podrá haber efectuado despidos improcedentes o colectivos en los seis meses anteriores a la nueva contratación.

25 de febrero

En ninguno de estos puntos se computan los ceses producidos antes del 25 de febrero.

Nivel de empleo

Si tiene trabajadores temporales y quiera transformarlos en contratos en indefinidos, solamente podrá beneficiarse de este incentivo si su plantilla aumenta. La empresa deberá aumentar el nivel de empleo indefinido, así como el nivel de empleo total, por lo que será necesario contratar a un nuevo trabajador.

Mantenimiento

La empresa deberá mantener durante tres años tanto el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total alcanzado con la contratación. Excepciones:

- No computan los despidos objetivos o disciplinarios que se hayan declarado improcedentes.
- Cada 12 meses se examinará el nivel de empleo, utilizando el promedio de trabajadores de ese mes.

Consecuencias

Si incumple esta obligación,  deberá devolver el 100%, el 50% o el 33% de las reducciones aplicadas, dependiendo de si el incumplimiento se produce el primer, el segundo o el tercer año.

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