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Las empresas no podrán aplazar las retenciones del IRPF a partir de enero.

La facilidad de aplazar el pago de las retenciones en el IRPF ha tocado a su fin.

En una instrucción interna, la Agencia Tributaria insta a todas las delegaciones territoriales a denegar, con carácter general, las solicitudes de las empresas para aplazar las retenciones del IRPF de sus empleados. Esta medida, que entrará en vigor en enero de 2014, sustituye otra orden de la Agencia Tributaria de 2009 de sentido contrario. El cambio cogerá por sorpresa a muchas compañías que confiaban en postergar el importante pago de las retenciones que abonan en enero y que incluyen la extra de Navidad.

La legislación vigente establece que, en principio, las retenciones no son aplazables al tratarse de recursos que no pertenecen a las empresas, sino que derivan del IRPF que pagan los trabajadores. En este sentido, los empresarios actúan como intermediarios o, si se quiere, como recaudadores de la Agencia Tributaria. Sin embargo, ante los problemas de tesorería, Hacienda realizó una interpretación benévola de la ley y permitió a partir de 2009 que las compañías pudieran aplazar las retenciones con la misma facilidad con la que postergan el pago del IVA o el impuesto sobre sociedades.

Qué dice la ley...

Hacienda argumenta que la legislación es muy clara al determinar que las retenciones no son aplazables. La norma solo contempla dos excepciones que deberán justificarse con un informe específico. Así, se concederán aplazamientos de retenciones cuando la empresa afectada carezca de bienes suficientes para garantizar la deuda y el posible embargo de bienes afecte a su actividad. El otro supuesto es que la negativa al aplazamiento ponga en riesgo la supervivencia de una gran empresa, lo que perjudicaría los ingresos públicos.

La nueva instrucción fechada el 9 de diciembre de 2013 indica que esa permisividad ha provocado una cierta utilización de forma fraudulenta de la figura del aplazamiento. Hacienda entiende que la práctica seguida por muchas empresas de solicitar de manera recurrente y sistemática el aplazamientos de deudas tributarias resulta una conducta defraudatoria y provoca graves distorsiones en la competencia. De hecho, a partir del primero de enero de 2014, las solicitudes de aplazamiento de retenciones se entenderán inadmitidas. Hasta ahora, la Agencia Tributaria las aceptaba o rechazaba. En este segundo caso, el contribuyente contaba con un nuevo plazo para ingresar la deuda tributaria. Es decir, pese a la negativa, se mantenía el periodo voluntario de ingreso. A partir de enero, esto cambiará. Así, con carácter general, las solicitudes para aplazar retenciones serán inadmitidas, lo que significa que la deuda entrará automáticamente en vía ejecutiva.

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